Por partes. Sí creo que España es una nación de naciones. Y que el concepto Estado es una institución de Derecho Internacional. Al mismo es muy de aplicación la histórica Resolución 1514 de la ONU, que aprueba la “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales”, confirmando la clasificación de los pueblos en soberanos y colonizados, y que no permite secesiones basadas en cualquier otro status: “Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas” (Punto 6 de la Resolución 1514). Es también de aplicación la Resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 24 de octubre de 1970, precisamente codificando los principios del derecho internacional, que niega la existencia de colonias dentro de Estados “dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio, sin distinción por motivos de raza, credo o color”. Porque el derecho a la autodeterminación no nace del hecho de tener una determinada identidad étnica o lingüística regional, compatible con la unidad territorial del Estado que la respete conforme el artículo 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Es decir: Un Estado puede albergar distintas naciones, pero si éstas no están subordinadas respecto de las demás administraciones regionales, no son titulares del derecho de autodeterminación.
Por otra parte, Gibraltar y Malvinas, según la Comisión de Descolonización de la ONU, son los únicos casos donde la descolonización no debe ser mediante autodeterminación, ya que son colonias ocupadas por colonos previa salida de los nativos.
A todo lo anterior: no lo digo yo, sino el Derecho Internacional.
Agosto 2010
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Ese derecho corresponde al “soberano”, que en el conjunto del territorio del Estado español es el conjunto de los españoles. Por otra parte, el derecho de autodeterminación está reconocido a los pueblos colonizados, y no lo digo yo, sino el Derecho Internacional Público. Existe una Comisión de Descolonización en la ONU en cuyos trabajos la única colonia existente en España es Gibraltar (ni siquiera Ceuta ni Melilla)
Ufff… “Los pobres también ríen”, y Raimundo Robustiano Eustaquio de Barreiro. Por ejemplo ;-)
Conforme el Derecho Canónico, el bautismo es el alta como miembro de la Iglesia Católica. Pero no contempla ningún procedimiento de baja. Como buena secta, es una organización en la que se entra, pero de la que no se puede salir.
Soy militante del Partido Socialista Obrero Español en su Partido de los Socialistas de Galicia, del sindicato Unión General de Trabajadores de España en su Unión de Profesionales y trabajadores Autónomos, y de alguna que otra organización más
Pues creo que me está pasando los últimos días, con los enfrentamientos entre la dirección nacional del PSOE y la regional del Partido Socialista de Madrid ;-)
Sí, claro. La persona a la que más, a mi abuela paterna. Su vida fue interesantísima.
Julio 2010
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No. Mi familia es de cerca, de Sanabria, pero en concreto no de Baril ni de la provincia de Orense